Modificaciones y Anulaciones de matrícula
Modificaciones y Anulaciones de matrícula
Modificaciones de matrícula
Las solicitudes de modificación de matrícula se podrán presentar en el Centro de Estudios de Postgrado hasta el 5 de febrero de 2025. Consultar Normativa de Matrícula al respecto.
No se aceptarán solicitudes de modificación de matrícula con alguna calificación incorporada al acta.
La aceptación de la solicitud de modificación de matrícula estará condicionada a la comprobación de que la persona solicitante esté al corriente del pago del importe que deba liquidar por dicha matrícula.
Una vez comenzadas las clases, las solicitudes de modificaciones de matrícula no podrán suponer ni reducción ni ampliación de los créditos matriculados y deberán ir acompañadas de un informe de la coordinación del Máster en que la persona solicitante esté matriculada, en el que se expongan los motivos que la avalen.
Para solicitar la modificación de matrícula debe presentar cumplimentado el impreso de solicitud de modificación matrícula. Debe remitir dicho documento a través de nuestro Registro de la Universidad (Instancia genérica).
Anulaciones de matrícula
Para anular la matrícula debe presentar el siguiente formulario cumplimentado en el Registro de la Universidad Pablo de Olavide. Las personas extranjeras que no posean certificado digital y estén fuera de España, podrán presentarlo a través de tika
Las personas extranjeras con NIE pueden sacar el certificado digital en la Universidad. Ver información sobre la obtención del certificado digital.
Ver impreso anulación de matrícula.
Las anulaciones de matrícula realizadas antes del Comienzo oficial del Curso Académico de Máster (Apertura oficial del curso para Máster Universitario), darán derecho a devolución del importe de la misma, exceptuando las tasas por servicios administrativos y expedición de tarjeta de identidad.
Ver información sobre devolución de precios
Una vez pasada esa fecha, y antes del 31de marzo, el estudiantado podrá anular su matrícula sin derecho a devolución de precios públicos y con obligación del pago de la misma.
No se podrán anular matrículas después del 31 de marzo.
El estudiantado que opte por aplazar el pago de su matrícula hasta la resolución de la beca solicitada, estará obligado al pago de la matrícula en caso de denegación de dicha beca, y se atendrá a lo especificado en la normativa de acceso y matrícula de las enseñanzas oficiales de Máster Universitario de la Universidad Pablo de Olavide.
De igual modo se procederá en aquéllos casos en el que la persona que anula la matrícula haya sido beneficiaria de la bonificación del 99% de la Junta de Andalucía, quedando pendiente la cantidad bonificada.
Para ver la normativa de acceso y matrícula de las enseñanzas oficiales de Máster Universitario de la Universidad Pablo de Olavide Pinche aquí