Convocatoria extraordinaria para estudiantes matriculados exclusivamente en TFM

Convocatoria extraordinaria para estudiantes matriculados únicamente en TFM

Exclusivamente para másteres de 60 créditos:

Sólo podrán solicitarla estudiantes a quienes les quede pendiente únicamente el TFM para finalizar el máster.

¿Cómo presentar la solicitud para acogerse a la convocatoria extraordinaria?

1. Deberá matricular el TFM en el plazo establecido para matrículas de continuación:

del 28 de octubre al 4 de noviembre de 2024.

2. Solicitud de convocatoria extraordinaria:

Deberá presentar el siguiente modelo de solicitud cumplimentado, antes del 15 de enero de 2025, a través del Registro electrónico de la Universidad.

Para poder presentar la solicitud necesitará su certificado digital (ver cómo conseguirlo) y tener instalada la última versión de AUTOFIRMA (podrá descargarla en el siguiente enlace y consultar su manual de instalación aquí).

Las personas extranjeras podrán obtener su certificado digital con su NIE. Quienes no residan en España y no tengan NIE podrán, excepcionalmente, presentar la solicitud a través del Formulario de contacto.

El hecho de presentar la solicitud para participar en esta convocatoria no le exime de haber realizado la matrícula en el plazo establecido en el calendario, del 28 de octubre al 4 de noviembre de 2024.

3. Resolución:

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Vicerrectorado con competencias en Máster resolverá. La resolución se notificará a través de la Sede Electrónica de la Universidad. Podrá conocer su contenido accediendo con su certificado digital a "Mi carpeta Personal".

Fechas de actas convocatoria extraordinaria:

Primera convocatoria: Marzo

ENTREGA DE ACTAS DE TFM: Máximo 11 abril 2025.

Segunda convocatoria: Julio

ENTREGA DE ACTAS DE TFM: Máximo 18 julio 2025.

Si se acoge a la convocatoria extraordinaria tendrá derecho a las convocatorias de marzo y  julio del curso académico, quedando sin efecto la convocatoria de septiembre.

Si no solicita la convocatoria extraordinaria en el plazo establecido, deberá acogerse a las convocatorias ordinarias definidas en el Calendario Académico del curso correspondiente.